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Registro y autorización de vehículos

Moratoria para vehículos profesionales

  • Descripción
  • Requisitos
  • Tramitación
  • Documentación adicional
  • Plazos
  • Precio

Descripción

Las personas físicas titulares de vehículos M1 y L dedicados al ejercicio de la actividad profesional que acrediten unos ingresos económicos inferiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente pueden solicitar una moratoria para la aplicación de las restricciones de las ZBE de la metrópolis de Barcelona. Es vigente únicamente para circular en la ZBE de Sant Cugat del Vallès.

Requisitos

El solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser la persona física titular de un turismo (M1), motocicleta o ciclomotor (L) al que no le corresponde distintivo ambiental.

  2. Estar dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social en el momento de realizar la solicitud.

  3. Acreditar unos ingresos económicos por todos los conceptos (pensiones, ayudas, rentas, alquileres, intereses de capital, etc.) inferiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente.

  4. Declarar que el vehículo constituye un instrumento necesario para el ejercicio de su actividad profesional.

Un mismo solicitante solo puede solicitar la moratoria para un vehículo.

Tramitación

Los titulares deben solicitar el alta del vehículo en el Registro. Una vez validado el cumplimiento de los requisitos, se comunicará la inscripción al solicitante, que podrá circular por las ZBE de la metrópolis de Barcelona en las que la moratoria esté vigente y hasta su finalización.

Por internet, con identificación digital:

  1. Rellenar el formulario de solicitud de inscripción en el Registro disponible en este web.

  2. Adjunte la documentación que sea necesaria.

  3. Firme electrónicamente el formulario de solicitud y envíelo. Consulte las identificaciones digitales aceptadas.


    • Obtención de identificaciones digitales
      • idCAT Mòbil

        Otros

Por correo postal:

  1. Rellene el formulario de solicitud siguiente.

  2. Fírmelo y adjunte la documentación pertinente.

  3. Envíelo por correo postal a:

    Registro de autorizaciones ZBE
    Departamento de Parque Móvil
    Área Metropolitana de Barcelona
    C/ 62, n.º 16-18
    08040 Barcelona (Zona Franca)

Presencial:

  • En la OAC del Área Metropolitana de Barcelona: calle 62, núm. 16-18, 08040 Barcelona (Zona Franca).
    Días laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

    Únicamente con cita previa. Resérvela aquí.

Documentación adicional

Si autoriza el AMB a realizar consultas a otras administraciones públicas y la consulta telemática se resuelve con éxito, no será necesario que presente documentación adicional.

Si deniega la consulta a otras administraciones, deberá presentar copia de la siguiente documentación:

  • Documento de identidad del solicitante o representante.

  • Permiso de circulación del vehículo.

  • Ficha de inspección técnica del vehículo

  • Fotocopias de la documentación que acredite los ingresos actuales (declaración de la renta del último año, documento de imputaciones de hacienda, certificado de vida laboral, baja de autónomos, prestaciones, libro de familia, etc.)

Plazos

La inscripción del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, mientras no se haya recibido la confirmación de la autorización, el vehículo no estará dado de alta ni estará autorizado para circular por las ZBE.

Un vehículo estará dado de alta en el Registro y tendrá autorización de circulación hasta que finalice la moratoria establecida por la ordenanza de cada ZBE de la metrópolis de Barcelona. En el caso de la ZBE Rondas de Barcelona, ya ha finalizado. Para la ZBE de Sant Cugat del Vallès, estará vigente hasta el 30 de abril de 2022.

En caso de desguace o cambio de titular, el vehículo debe darse de baja.

Precio

No existe ningún coste asociado.


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