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Registro y autorización de vehículos

Vehículos para transportar a personas con enfermedades o con discapacidad reconocida que les impiden el uso del transporte público

  • Descripción
  • Requisitos
  • Tramitación
  • Documentación adicional
  • Plazos
  • Precio

Descripción

Las personas con enfermedades o con discapacidad reconocida que les condicionen el uso del transporte público pueden solicitar la autorización de circulación en las ZBE de la metrópolis de Barcelona para un vehículo.

Requisitos

El solicitante debe acreditar que le han diagnosticado una enfermedad o reconocido una discapacidad que le impide el uso del transporte público y, por tanto, necesita desplazarse en vehículo privado.

  • Si se le ha diagnosticado la enfermedad en un centro médico público (red de centros que constituyen el sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña), temporalmente debe realizar una declaración responsable en la solicitud. Posteriormente, podrá verificarse la información con las entidades públicas competentes.

  • Si se le ha diagnosticado la enfermedad en un centro privado, debe presentar, además de la solicitud, el informe de cumplimiento de requisitos firmado por un facultativo del centro sanitario.

  • Si tiene una discapacidad reconocida que le impide el uso del transporte público, tiene que realizar una declaración responsable en la solicitud. Posteriormente, podrá verificarse la información con las entidades públicas competentes.

El titular del vehículo puede ser cualquier persona que acompañe al solicitante, pero solo se permite autorizar un vehículo por solicitante.

Si el solicitante es un menor o una persona tutelada, debe firmar el formulario el padre, la madre o el tutor legal.

Tramitación

Los interesados deberán solicitar la inscripción del vehículo en el Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros vehículos autorizados. Una vez validado el cumplimiento de los requisitos, se comunicará al solicitante la inscripción del vehículo en el Registro y estará exento de las restricciones de circulación dentro de las ZBE de la metrópolis de Barcelona.

Por internet, con identificación digital

  1. La persona diagnosticada con la enfermedad o con una discapacidad reconocida debe rellenar el formulario de solicitud de inscripción en el Registro.

  2. Adjunte la documentación pertinente, en su caso.

  3. Firme electrónicamente el formulario y envíelo. Consulte las identificaciones digitales aceptadas.

    • Solicitud de registro, con identificación digital

    • Obtención de identificaciones digitales
      • idCAT Mòbil

        Otras

Por correo postal

  1. La persona diagnosticada con la enfermedad o con una discapacidad reconocida tiene que rellenar y firmar el formulario de solicitud.

  2. En el caso de centros médicos de fuera de la red pública de Cataluña o si no autoriza la consulta de sus datos, adjunte el informe de cumplimiento de requisitos.

  3. Envíelo a:

    Registro de autorizaciones ZBE
    Departamento de Parque Móvil
    Área Metropolitana de Barcelona
    C/ 62, n.º 16-18
    08040 Barcelona (Zona Franca)


Presencialmente

En la OAC del Área Metropolitana de Barcelona: calle 62, núm. 16-18, 08040 Barcelona (Zona Franca).
Días laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Únicamente con cita previa. Resérvela aquí.

Documentación adicional

En caso de acreditación de los requisitos a través de un centro que no forme parte del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña, será necesario adjuntar al formulario el informe firmado por un facultativo del centro.

Si no se autoriza la consulta a otras administraciones, será necesario adjuntar al formulario la siguiente documentación:

  • El informe de cumplimiento de los requisitos, firmado por el facultativo del centro, si no se ha presentado ya.

  • Copia del documento de identificación del solicitante o representante.

En el caso de personas tuteladas, deben adjuntarse la sentencia de incapacitación y tutela y el acta de aceptación del cargo de tutor.

Plazos

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, mientras no se haya recibido la confirmación de la inscripción, el vehículo no estará dado de alta ni exento de las restricciones de circulación.

La inscripción en el Registro metropolitano tiene una validez de dos años. Una vez transcurridos, deberá renovarse a través de una nueva solicitud.

En caso de desguace o cambio de vehículo, o si la situación del solicitante ha cambiado, el vehículo debe darse de baja.

Precio

No existe ningún coste asociado.


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