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Registro y autorización de vehículos

Autorizaciones diarias

  • Descripción
  • Requisitos
  • Tramitación
  • Documentación adicional
  • Plazos
  • Precio

Descripción

Los vehículos que no cumplen los requisitos para circular por las ZBE de la metrópolis de Barcelona deben inscribirse en el Registro para poder solicitar hasta 24 autorizaciones (accesos diarios) al año. La autorización les permitirá circular durante el día escogido dentro de las ZBE. Consulte las condiciones de uso de las autorizaciones diarias.

Requisitos

Los beneficiarios pueden ser personas físicas o jurídicas titulares de vehículos.

Un mismo titular puede dar de alta varios vehículos, siempre y cuando sean de su titularidad. Las autorizaciones no serán transferibles entre vehículos.

Tramitación

Paso 1. El titular del vehículo debe solicitar el alta del vehículo en el Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros vehículos autorizados.

Por internet, con identificación digital

  1. Rellene el formulario de solicitud de este web.

  2. Adjunte la documentación requerida en caso de denegar la consulta a otras administraciones.

  3. Firme electrónicamente el formulario de solicitud y envíelo. Consulte las identificaciones digitales aceptadas.

    • Solicitud de registro, con identificación digital

    • Obtención de identificaciones digitales
      • idCAT Mòbil

        Otras

Por correo postal

  1. Rellene y firme el formulario de solicitud.

  2. Adjunte la documentación requerida en caso de denegar la consulta a otras administraciones.

  3. Envíelo por correo postal a:

    Registro de autorizaciones ZBE
    Departamento de Parque Móvil
    Área Metropolitana de Barcelona
    C/ 62, n.º 16-18
    08040 Barcelona (Zona Franca)


Presencialmente

En la OAC del Área Metropolitana de Barcelona: calle 62, núm. 16-18, 08040 Barcelona (Zona Franca).
Días laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Únicamente con cita previa. Resérvela aquí.


Paso 2. Solicitar autorizaciones diarias. Una vez aceptada la inscripción del vehículo, se concederán hasta 24 días de circulación al año, a contar desde la fecha de resolución del expediente.

Para utilizar alguna de las autorizaciones diarias concedidas, se debe comunicar y pagar la tasa correspondiente antes de las 23.59 horas del día posterior al que se haya accedido a las ZBE. Excepcionalmente, cuando el acceso a las ZBE esté motivado por una urgencia médica, la comunicación del uso de la autorización diaria y el pago de la tasa correspondiente se podrán efectuar en el plazo de tres días, incluyendo en el cómputo el día en el que se haya circulado por las ZBE.

Puede comunicar los días de circulación escogidos y pagar la tasa accediendo al área de usuario, en cualquier oficina de Correos del Estado español con un coste de gestión añadido, o bien presencialmente en la OAC del Área Metropolitana de Barcelona: calle 62, núm. 16-18, 08040 Barcelona (Zona Franca), los días laborables de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, con cita previa.

Documentación adicional

Si la consulta telemática se puede realizar correctamente, no será necesario presentar documentación adicional. En caso contrario, o bien si no autoriza la consulta de sus datos a otras administraciones, deberá adjuntar copia de la siguiente documentación:

  • Documento de identidad del solicitante o representante

  • Permiso de circulación del vehículo a nombre del solicitante o representante

  • Si ha solicitado la bonificación de la tasa o bien si los datos actuales son distintos a los de la última declaración de la renta, documentación que acredite los ingresos actuales (declaración de la renta del último año, documento de imputaciones de hacienda, certificado de vida laboral, baja de autónomos, prestaciones, libro de familia…).

Plazos

Solicitud de alta del vehículo

El alta del vehículo se resolverá (aceptada, denegada o incompleta) en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Durante este periodo, mientras no se haya recibido la confirmación de la autorización, el vehículo no estará dado de alta ni se podrán solicitar autorizaciones diarias.

Un vehículo estará dado de alta en el Registro de forma permanente, siempre y cuando se mantengan las condiciones iniciales del solicitante y del vehículo, excepto si el usuario lo da de baja.

Solicitud de autorizaciones diarias

Se podrá solicitar la activación de la autorización de circulación para un día concreto hasta las 23.59 h del día posterior a la circulación, si se hace por vía telemática. En el caso de otras vías de tramitación, la solicitud se tendrá que adaptar al horario de atención previsto y a los plazos de recepción del pago.

Excepcionalmente, en caso de urgencia médica, se podrá comunicar y pagar la autorización en un plazo de tres días, incluyendo en el cómputo el día en que haya tenido lugar la circulación. El vehículo podría ser sancionado, pero se podrá reclamar la sanción si se presenta un justificante de la urgencia médica y de la confirmación de la autorización diaria.

Tres meses antes de la finalización del año de vigencia, se podrán seleccionar las autorizaciones correspondientes al año siguiente. Las autorizaciones que no se hayan utilizado durante el año no se podrán acumular para solicitarlas en los siguientes periodos.

Precio

Cada autorización diaria tendrá una tasa de gestión revisable, que se publica anualmente. Consulte aquí el importe vigente.

Se podrá solicitar una bonificación de la tasa de acuerdo con los criterios siguientes:

  • El importe de la tasa será de 0 € para los sujetos pasivos titulares de vehículos censados en el ámbito comprendido dentro de las ZBE que acrediten unos ingresos económicos inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) más un 10 % del IPREM vigente.

  • El importe de la tasa será de 2 € para los sujetos pasivos titulares de vehículos censados en el ámbito comprendido dentro de las ZBE que acrediten unos ingresos económicos inferiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente.

A efectos de aplicación de estas bonificaciones, los ingresos económicos considerados serán los resultantes de la suma de los ingresos económicos del solicitante (pensiones, ayudas, rentas, alquileres, intereses de capital, etc.).

Puede solicitarse la bonificación de la tasa en el momento de darse de alta en el Registro o posteriormente desde el área de usuario.

Actualizado: 16/12/2024


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